Inicia sesión en tu cuenta de Monific y encuentra tu código de referido en la sección correspondiente al programa.
Comparte tu código con amigos y conocidos interesados en invertir.
Asegúrate de que el campo "Código de referido" esté lleno al momento de su registro.
2. Tu referido se registra y realiza su primera inversión
El referido debe registrarse y realizar su primera inversión en cualquier proyecto activo utilizando tu código.
El sistema identificará automáticamente tu participación como referente.
3. Ganan juntos
Cuando tu referido invierta, ambos recibirán el 5% del monto invertido como bonificación, con un tope de $10,000 MXN.
Así de sencillo, tú y tu referido disfrutarán de beneficios exclusivos por invertir juntos.
Tabla de Bonificaciones
Si tu contacto invierte entre...
Tú recibes una bonificación de...
Tu contacto recibe...
$1,000 - $3,000
$50 - $150
$50 - $150
$3,001 - $6,000
$150 - $300
$150 - $300
$6,001 - $10,000
$300 - $500
$300 - $500
$10,001 o más
$500
$500
Consideraciones Importantes
Código obligatorio:
El inversionista referido debe capturar el código al momento de su registro.
El código no será válido si se captura posteriormente o por otros medios.
Aplicable solo para nuevos inversionistas:
El programa está diseñado exclusivamente para referir nuevos usuarios.
Cuenta única por usuario:
Si el referido tiene más de una cuenta abierta, se considerará únicamente el código registrado en su primera cuenta.
Inversiones válidas:
Solo se consideran las inversiones realizadas en proyectos activos durante el primer movimiento.
Bonificación automática:
Las bonificaciones se acreditan automáticamente en tu cuenta Monific.
Limitaciones de bonificación:
La bonificación se calcula con base en la primera inversión realizada, con un tope de $10,000 MXN.
No acumulable con otras promociones:
Los beneficios del programa no pueden combinarse con otras ofertas, cupones o promociones activas.
Monific, S.A. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo (en adelante "Monific"), es una entidad financiera regulada y supervisada por las autoridades financieras de México, y autorizada para operar en términos de lo previsto en el artículo 15 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conforme al oficio de autorización número P160/2021, de fecha 17 de junio de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de enero de 2023. Ni el Gobierno Federal ni las entidades de la administración pública paraestatal podrán responsabilizarse o garantizar los recursos de los Clientes que sean utilizados en las Operaciones que celebren con Monific o frente a otros, así como tampoco asumir alguna responsabilidad por las obligaciones contraídas por Monific o por algún Cliente frente a otro, en virtud de las Operaciones que celebren. Para más información consulta los Términos y Condiciones y el Aviso de Privacidad de Monific en monific.com